Hoy día, casi todo el mundo conoce para bien o para mal la existencia del
procedimiento monitorio, así como sus características y sus virtudes con motivo de haber tenido que reclamar en algún momento el importe de una deuda. Pero..... ¿qué ocurre
cuando en un procedimiento monitorio, el Juzgado no consigue localizar al
deudor? pues que se ARCHIVA el
procedimiento (como cosa no juzgada), y nos quedamos como estábamos.
¿Que hacer en estos casos? dice la sabiduría popular "cuando no puedas con tu enemigo, búscate un aliado", es ahí donde las
empresas de cobro de impagados cobran protagonismo, aprovechando sus
departamentos de investigación así como sus numerosas bases de datos,
consiguiendo en la mayoría de las ocasiones
localizar al deudor desaparecido, recuperando nuevamente la posibilidad de
proceder contra el deudor, tanto por vía extrajudicial como a través del Juzgado.
Por ello, cada vez más empresas, autónomos, comunidades de
propietarios, etc… contratan los servicios de empresas de gestión de cobro para
la reclamación de sus deudas, sabedores
de que estas empresas cuentan con infraestructuras y medios suficientes, para salvar todos los obstáculos que se presenten durante la reclamación contra el deudor.
Julio Mena
coordinador de áreas de Servicobro
Comentarios
Publicar un comentario