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Mostrando las entradas etiquetadas como deuda

¿QUE PASARÍA SI DEJASE DE PAGAR MIS DEUDAS?

Si se ha planteado esta pregunta, no está solo, muchas personas que se encuentran en apuros económicos se la están planteando. Pero antes de tomar la decisión de suspender sus pagos, tenga en cuenta las consecuencias. A continuación intentamos reconstruir lo que típicamente podría ocurrir a lo largo del tiempo con una deuda que se ha dejado de pagar. Esto es una generalización, pues cada deuda  evolucionará de manera distinta dependiendo de los métodos de cobro  de cada acreedor, del importe de la misma  y de si usted tiene posesiones que puedan ser  embargadas. Durante los primeros 60 días de reTRASO en el pago: ·          Posiblemente usted recibirá una llamada de su acreedor  como recordatorio de pago. ·     Le aplicarán gastos e intereses en virtud de la  ley de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, u otros que hayan sido pactados previamente. ·     Los datos del impago podrían aparecer en un fichero de morosos, bajando de esta manera su credibil

SE CONSIDERA DELITO DE ALZAMIENTO DE BIENES, LA DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES QUE DIFICULTE EL COBRO DE UN ACREEDOR.

Confirma la Sala la condena de los actores, matrimonio en fase de separación, por un delito de alzamiento de bienes, al haber liquidado la sociedad de gananciales para poner fuera del alcance de los acreedores parte de los bienes y no hacer frente a las deudas contraídas por el esposo. Señala que el art. 257.1 2.º del CP tipifica como alzamiento de bienes, la disolución de la sociedad de gananciales cuando dificulte las posibilidades del acreedor de ver satisfecho su crédito, de tal forma que para negar la concurrencia de este delito no basta con alegar que el acreedor dispone aún de recursos a su alcance para intentar vencer o dejar sin efecto una determinada disposición patrimonial realizada con finalidad elusiva. Por otro lado, tratándose de una deuda contraída antes de la liquidación de la sociedad de gananciales, los bienes pertenecientes a la misma responden directamente frente al acreedor de las deudas contraídas por un cónyuge en la disposición de los bienes o en el ej