¿Cuáles son las diferencias
principales entre las 2 opciones? En este pequeño artículo, procedemos a
detallarlas en base al conocimiento y experiencia adquiridos por Servicobro, así
como a los testimonios recogidos entre clientes.
El
despacho de abogados.
Es el sistema tradicional de
cobro de toda la vida.
Vayamos por partes y
sentemos unas bases de las que deberíamos presumir. La mayoría de Bufetes de
abogados de nuestro país, están formados por excelentes profesionales, otra cosa
es, que a la hora de resolver un problema, debamos en muchos casos enfrentarnos
al colapso de la justicia…o al interés propio de algún abogado, en que un
asunto se resuelva por esa vía.
¿Cómo funciona?
·Un abogado cuando es contratado para
solucionar un asunto de impago, lo primero que hace es abrir el
oportuno expediente y enviar una carta al deudor, poniendo en su conocimiento
la situación de impago y requiriéndole para que efectué el abono de la deuda.
·Si el deudor muestra pasividad, lo habitual
es comunicárselo al cliente y recomendarle a este, la reclamación de la deuda
por vía judicial, emprendiendo de esta forma una aventura cuyo resultado y
coste económico es incierto, pues nos enfrentamos al coste de abogado y/o
procurador de los tribunales, tasa judicial, etc…. en función del resultado del
procedimiento y la “solvencia del deudor”
· Según nos cuentan muchos clientes, en un
elevado porcentaje de casos, han obtenido
sentencias favorables en las que se condenaba a los deudores al pago de la
suma reclamada, así como al abono de las costas del procedimiento. Sin embargo, la realidad es bien distinta, existen muchas sentencias que no se pueden
ejecutar por insolvencia de los deudores, o por que no se ha investigado suficientemente
la solvencia de estos, situación que acaba repercutiendo negativamente sobre
los clientes, al no obtenerse el importe de su reclamación y tener que afrontar
ellos el coste de los profesionales contratados (abogado, procurador, perito…)
lo cual deja al cliente en peor situación económica que estaba.
La
empresa de cobro de impagados
En las empresas de cobros de
deudas, existen otros patrones de funcionamiento en base a la exigencia
de los clientes en recuperar su dinero y como resultado del acuerdo
solidario entre las partes, “cuando cobres tu, cobro yo”, aunque en el presente
artículo, nos vamos a ceñir al funcionamiento de Servicobro, por desconocer los
detalles internos y de operatividad de cada empresa de cobro.
¿Cómo funciona?
·En Servicobro tenemos claro que si se puede
cobrar por vía extrajudicial, ¡cobramos por esa vía!. Solo contemplamos acudir
a los Juzgados, en aquellos casos que previamente observemos la imposibilidad
de llegar a un acuerdo transaccional.
·Cuando un cliente nos encomienda la
resolución de un impago, lo primero que hacemos es poner nuestras bases de
datos a rastrear al deudor y nuestro equipo de investigación a recopilar
información sobre su solvencia, localización, historial de impagos,…. 24/48
horas después de nuestra contratación, procedemos a contactar con el deudor, invitándole a buscar una solución con nosotros.
·Cuando el deudor se muestra esquivo a
nuestros requerimientos tradicionales, es entonces cuando recurrimos al despliegue de medios con que
contamos gracias al mundo de las telecomunicaciones e internet, donde las redes
sociales, clubes, foros, chats, etc…. nos ayudan a posicionar al deudor en la
mayoría de ocasiones.
Si
conseguimos hacerle ver la conveniencia de solucionar la situación de impago en
evitación de los gastos y molestias que se podrán generar en el futuro,
entonces Servicobro velará por el cumplimiento del acuerdo de pago.
·Si el deudor no manifiesta voluntad por
solucionar la situación de impago o incumple los pagos convenidos, nuestro
departamento de investigación informará de la existencia de bienes susceptibles
de embargo, que vengan a garantizar el pago de la deuda ante un hipotético proceso
judicial.
Si
no se localizan bienes o fuentes de ingresos, Servicobro recomendará NO acudir al Juzgado, para así evitar al cliente los gastos
derivados de un procedimiento judicial cuya ejecución resulte fallida, retornando
nuevamente el expediente al dpto. de cobro extrajudicial, para comenzar de
nuevo la gestión de la deuda con nuevos agentes.
·Por último, cuando la situación lo requiere,
Servicobro cuenta con abogados y procuradores de los tribunales de reconocida
eficacia, para reclamar a través de los Juzgados de toda España, aquellas
cantidades que por las circunstancias descritas, deban reclamarse por vía judicial.
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