En numerosas ocasiones cuando se acude a un abogado para encomendar una reclamación judicial por una deuda, nos encontramos con que el deudor no es titular de ningún inmueble, vehículo, o cuenta bancaria con saldo positivo, sin embargo nos olvidamos seguramente por desconocimiento de otras vías de hacer efectiva una ejecución judicial . Un caso perfectamente explicado lo podemos encontrar en el Blog Subastas Judiciales, donde se recoge la posibilidad de embargo del ICIO, algo que más de un acreedor de promotores inmobiliarios ignora totalmente.
El ICIO, o Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras es un impuesto municipal que grava a los promotores por el mero de hecho de edificar, realizar una obra, etc. Pues bien, atentos a lo que le cuentan al autor del blog y que tiene todo el sentido del mundo.
Cuando un promotor va a edificar paga el 100% de lo proyectado y si luego deja de construir el ayuntamiento se queda con todo el impuesto porque los promotores olvidan que tendrían derecho a que se les devolviese la parte proporcional del impuesto que correspondiese a lo no edificado. Olvidan o desconocen que al finalizar la duración de la Licencia de Urbanización se puede solicitar esa devolución. Eso es precisamente lo que yo he embargado.
Es cierto, en la espantada que acompaña las crisis empresariales más de uno olvida que cuenta con dinero que puede recuperar. Obviamente, la estrategia de embargar ese saldo pendiente de devolución del ICIO va a chocar con las pegas municipales en un principio, pero tiene pocas posibilidades de éxito. Más complicada se pone la cuestión cuando hay un proceso concursal por medio ya que este activo formaría parte de la masa, pero ya sabemos que hay muchas empresas que desaprecien sin pasar por dicho concurso.
Evidentemente otro tanto cabría con otras devoluciones fiscales pendientes de abono, como las del IVA o IRPF, embargándolas antes de que san efectivamente abonadas al deudor. La diferencia con el ICIO es que en estos casos los deudores saben muy bien que van a recibir ese dinero, mientras que en el del ICIO muchos olvidan su derecho a recuperar los impuestos por lo no ejecutado.
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